Legado Solidario
Gracias a tu legado o tu herencia, en San Juan de Dios construimos un futuro con mejores oportunidades para las personas que más las necesitan y, así, un mundo más justo y solidario.
Tu confianza en nosotros es semilla de esperanza para afrontar viejos y nuevos problemas.
¿Qué haremos con tu legado solidario?
- Seguiremos mejorando la asistencia sanitaria haciéndola más humana, accesible y universal.
- Financiaremos nuevos programas sociales que atiendan problemas no resueltos o nuevas necesidades que surjan en el futuro.
- Invertiremos en investigación biomédica, en aquellas enfermedades más olvidadas o que no encuentran financiación.
- Estaremos al lado de aquellas personas que luchan por tener una vida digna.
Contacto personal para Legados Solidarios
Mª Rocío García Cabiedes
Responsable de Herencias y Legados
657 88 08 69
rocio.garciacabiedes@sjd.es
Si deseas incluir a Solidaridad San Juan de Dios en tu testamento como heredera o beneficiaria de un legado, te recomendamos que nos escribas o nos llames y estaremos encantados de acompañarte e indicarte los pasos.

Todos deseamos que las futuras generaciones vivan en un mundo mejor que el que nosotros hemos encontrado. Puedes contribuir incluyendo en tu testamento a Solidaridad San Juan de Dios.
Descarga nuestro manual completo de herencias y legados
Resuelve tus dudas sobre tu Legado Solidario
¿Qué diferencias hay entre un legado y una herencia?
La herencia es la totalidad de propiedades, derechos y obligaciones (incluyen deudas), que transmite a sus herederos/as una persona cuando fallece. Un legado es una parte de dicha herencia, en forma de bienes o derechos, que se asigna a una persona física o jurídica por voluntad expresa de la persona testadora. A diferencia del heredero, el beneficiario del legado no responde con su patrimonio de las obligaciones del testador/a.
¿Debo hacer testamento?
Cualquier persona que tenga alguna propiedad, al morir, deja una herencia con independencia de si ha hecho, o no, un testamento. Hacer testamento es la manera que tenemos para expresar nuestras voluntades en el reparto de nuestra herencia. Si no lo hacemos, será la Ley la que determine quienes serán las personas herederas y cómo se deberán repartir la herencia.
Hacer testamento es la manera para asignar a quien o quienes dejamos nuestra herencia o una parte de ella. Aun así, por ley existen herederos/as forzosos/as a los que siempre les corresponde una parte (la legítima).
El testamento es, pues, el documento legal que recoge esta voluntad.
¿Cómo puedo incluir a la Orden Hospitalaria San Juan de Dios en mi testamento?
Puedes incluir a la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios en tu testamento como heredera universal, como coheredera junto a otras personas físicas o jurídicas o como beneficiaria de un legado. Para ello, en el testamento deberán constar los siguientes datos de la entidad: Orden Hospitalaria de San Juan de Dios – Provincia San Juan de Dios España - CIF: R2800009I
¿Qué se puede legar a la Orden Hospitalaria San Juan de Dios?
Se pueden legar cosas concretas (un inmueble, un coche, joyas, una obra de arte, dinero, acciones…) o genéricas, por ejemplo un porcentaje del patrimonio.
¿A qué se destinarán los bienes que legue a San Juan de Dios?
En San Juan de Dios respetaremos la voluntad de la persona testadora si nos indica una finalidad específica. No obstante, es conveniente que esta finalidad sea lo menos concreta posible ya que, en el momento en que se materialice el legado o herencia, el fin previsto por el testador/a puede estar cubierto por la Orden o por otras instituciones y, por el contrario, otro merezca atención prioritaria.
¿Cómo se hace un legado a favor de San Juan de Dios?
El legado o la herencia tendrán que hacerse necesariamente en testamento y realizarse ante notario, siendo el más frecuente el denominado testamento abierto. Sería conveniente que, una vez hecho el testamento, se informe a la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios a través del contacto que aparece indicado en esta sección.